Beneficiario
Persona que recibe la indemnización del seguro, especialmente en coberturas de fallecimiento o invalidez.
El beneficiario es la persona que tiene derecho a recibir la indemnización económica cuando se produce un siniestro cubierto por el seguro de viaje. Aunque habitualmente coincide con el asegurado (la persona que viaja y está protegida), existen coberturas donde la figura del beneficiario adquiere especial importancia, como el fallecimiento o la invalidez permanente, donde el pago se dirige a un tercero.
En la legislación aseguradora española, la designación de beneficiario está regulada por la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. Es un aspecto del contrato que muchos viajeros pasan por alto, pero que puede tener consecuencias económicas y legales significativas.
¿Cuándo importa la figura del beneficiario?
En la mayoría de coberturas de un seguro de viaje, el beneficiario es el propio asegurado y no hay que preocuparse por la designación. Sin embargo, hay situaciones donde la distinción es relevante:
| Cobertura | Beneficiario habitual | Observación |
|---|---|---|
| Asistencia médica | El propio asegurado (o el hospital directamente) | El pago suele ser directo al centro médico |
| Equipaje | El propietario de los objetos (asegurado) | La indemnización va al dueño del equipaje |
| Cancelación | Quien pagó el viaje (puede ser el tomador) | Si un padre pagó el viaje del hijo, el reembolso puede ir al padre |
| Responsabilidad civil | El tercero perjudicado | La aseguradora paga al afectado por los daños |
| Fallecimiento | Persona designada o herederos legales | Aquí es donde la designación importa más |
| Invalidez permanente | El asegurado o persona designada | Puede ser relevante en caso de incapacidad |
Tipos de beneficiario
La designación del beneficiario puede adoptar diferentes formas:
Beneficiario genérico: Se designa mediante una descripción general, como "los herederos legales" o "el cónyuge". Es la opción por defecto en la mayoría de seguros de viaje cuando no se especifica nadie concreto.
Beneficiario nominativo: Se indica una persona concreta con nombre, apellidos y documento de identidad. Es la forma más clara y evita disputas. Ejemplo: "María García López, DNI 12345678A".
Beneficiario irrevocable: Una vez designado, no se puede cambiar sin su consentimiento. Es poco habitual en seguros de viaje, pero puede darse en pólizas vinculadas a préstamos o hipotecas de viaje.
Beneficiario a título oneroso: Cuando la designación se hace como parte de un acuerdo comercial. Ejemplo: una agencia de viajes como beneficiaria de la cobertura de cancelación si ella adelantó los costes.
¿Cómo se designa al beneficiario?
En la contratación de un seguro de viaje en España, la designación se realiza:
- En el formulario de contratación: Al rellenar los datos, algunas aseguradoras incluyen un campo para designar beneficiario. Si se deja en blanco, aplican las cláusulas por defecto de las condiciones generales.
- En las condiciones particulares: Si has designado un beneficiario específico, debe aparecer reflejado en este documento.
- Mediante comunicación posterior: Puedes modificar la designación de beneficiario en cualquier momento durante la vigencia de la póliza, salvo que sea irrevocable.
Beneficiario en caso de fallecimiento durante el viaje
Esta es la cobertura donde la designación de beneficiario tiene mayor trascendencia. Si un viajero español fallece en el extranjero, el seguro de viaje suele incluir:
- Capital por fallecimiento accidental: Una cantidad fija (generalmente entre 6.000 € y 30.000 €) que se paga al beneficiario.
- Repatriación de restos mortales: Los gastos corren a cargo de la aseguradora (no hay indemnización económica, sino un servicio).
- Gastos funerarios: Algunos seguros cubren una parte de los gastos del funeral.
Si no has designado beneficiario, el capital por fallecimiento se reparte según las reglas de sucesión del Código Civil español: cónyuge e hijos en primer lugar.
Beneficiario y coberturas económicas del viaje
En las coberturas más cotidianas del seguro de viaje, la cuestión del beneficiario se resuelve así:
- Gastos médicos: La aseguradora paga directamente al hospital o reembolsa al asegurado. El beneficiario es quien ha soportado el gasto.
- Equipaje perdido o robado: La indemnización se abona al asegurado, que es el propietario de los objetos.
- Cancelación: El reembolso se dirige a quien realizó los pagos del viaje. Si el tomador (padre) pagó los vuelos del asegurado (hijo), el reembolso puede ir al padre como tomador.
- Demora de vuelo: Se reembolsa al asegurado que ha incurrido en los gastos durante la espera.
Preguntas frecuentes
¿Qué ocurre si el beneficiario designado ha fallecido antes que el asegurado?
Si el beneficiario premuere al asegurado (fallece antes), la indemnización pasa a los herederos legales del asegurado, salvo que se hayan designado beneficiarios sustitutos en la póliza. Es recomendable revisar periódicamente la designación de beneficiario para mantenerla actualizada.
¿Pueden ser beneficiarios varias personas a la vez?
Sí, puedes designar varios beneficiarios indicando el porcentaje que corresponde a cada uno. Por ejemplo: "50 % para mi cónyuge y 25 % para cada uno de mis dos hijos". Si no se especifican porcentajes, la indemnización se reparte a partes iguales entre todos los designados.
¿La aseguradora verifica la identidad del beneficiario antes de pagar?
Sí, la aseguradora solicita documentación que acredite la identidad del beneficiario antes de abonar cualquier indemnización. En caso de fallecimiento, se requiere certificado de defunción, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y, si hay testamento, copia autorizada del mismo. Para otras coberturas, basta con el DNI del beneficiario y la documentación del siniestro.